miércoles, 13 de mayo de 2015

PLIS. Educación, por favor impugna la huelga educativa del día 19 por ser ilegal

El grupo de profesores “PLIS. Educación, por favor” ha registrado esta tarde, en escrito dirigido tanto a la Conselleria de Trabajo como a la Conselleria de Educación, una impugnación de la huelga del día 19 por ser manifiestamente ilegal


Palma,  13 de Mayo de 2015



La Asamblea de Docentes convocó huelga educativa para el día 19, para protestar por por la aprobación de currículos LOMCE y por la realización de evaluaciones LOMCE  a alumnos de tercero de Primaria, tal como queda recogido en la convocatoria de su página web (http://assembleadocentsib.blogspot.com.es/2015/05/contra-la-intransigencia-del-govern-i.html):“Davant de la manca de voluntat negociadora per part de la Conselleria d'Educació, de la seva manca d'arguments, dels problemes generats als nostres instituts per la imposició d'uns currículums i per la manca de consideració cap l'alumnat, els docents i les famílies que patiran unes improvisades i antipedagògiques proves LOMCE a tercer de primària, i recordant que ens trobam en el marc d'una vaga indefinida i d'una llarga lluita i reivindicació laboral que ve de fa dos anys, l'Assemblea de Docents de Mallorca acorda fer una crida a aturar els centres d'ensenyament el dia 19 de maig

PLIS. Educación, por favor, sostiene que esta huelga es ilegal por lo que, tal como consta en su escrito de impugnación, insta a las autoridades competentes a

  1. que, al amparo (...) del  artículo 11.a del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, y al amparo del fundamento de la STC 11/81,   se declare ilegal la huelga convocada para el día 19 de mayo de 2015 por estar convocada por motivos políticos, como oponerse a unos currículos educativos y a la realización de unas pruebas de evaluación LOMCE contemplados, tanto los currículos como las pruebas, por la ley orgánica LOMCE;  por tener  “finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados”; por no “reivindicar mejoras en las condiciones económicas o en general las condiciones de trabajo
  2. Que, al amparo del (...) Recurso de inconstitucionalidad  número 192/ 1980.-Sentencia  de 8 de abril de 1981, en sus FUNDAMENTOS  DE DERECHO, se declare abusiva esta huelga por no ser proporcional, ya que causa un gravísimo perjuicio a los alumnos de segundo de Bachillerato, que terminan el curso a finales de mayo y se juegan el acceso a las pruebas de selectividad y porque perjudica la formación de los alumnos de tercero de primaria al intentar negárseles la realización de las pruebas de evaluación LOMCE.
  3. Que se declare nula la huelga por no haber sido convocada en los plazos previstos de 10 días, ya que los motivos que se aducen para convocar la huelga, la aprobación de currículos educativos por la Conselleria y las evaluaciones de tercero de Primaria, aprobados a finales de 2014 por la Conselleria, son sucesos sobrevenidos que no tienen nada que ver con los motivos de la huelga indefinida que tiene convocada la Asamblea de Docentes desde hace más de dos años, como reconocen en su comunicado “i recordant que ens trobam en el marc d'una vaga indefinida i d'una llarga lluita i reivindicació laboral que ve de fa dos anys”

Se adjuntan los siguientes documentos- Texto de la impugnación dirigido a la Conselleria de Trabajo- Hoja de registro, con fecha y número de registro, de la impugnación dirigida a la Conselleria de Trabajo
- Hoja de registro, con fecha y número de registro, de la impugnación dirigida a la Conselleria de Educación