
El
currículo de la educación secundaria y de bachillerato viene marcado por
una ley orgánica y, por tanto, es obligación de los centros aplicarlo
el curso 2015-16. El decreto balear de desarrollo del currículo otorga a
los centros la libre disposición de tres horas lectivas semanales, que
pueden dedicarse a reforzar materias o a cubrir diversas necesidades del
centro. Esta facultad es, evidentemente, a juicio de PLIS. Educación,
por favor, una medida positiva, que fortalece la autonomía.
Las
tres horas de libre disposición forman parte del currículo y deben
aprobarse por el Claustro de profesores, por lo que se da la
circunstancia que no aprobar una mínima parte del currículo (3 horas)
paraliza la instauración de todo el currículo (32 horas). La Asamblea de
Docentes, conocedora de esta situación, ha encontrado un ardid para
intentar , con una grosería incompatible con la profesionalidad
docente, paralizar la aplicación de la LOMCE.