Además, el mismo decreto obliga al director, una vez conocidos los
hechos, a incoar expediente disciplinario con el nombramiento de un
profesor instructor que, sin perjuicio de la actuación de fiscalía de
menores, debe averiguar los hechos y formular una propuesta de
resolución.
Palma, 13 de octubre de 2016
La permanencia en el centro de los presuntos agresores una semana después de
sucedidos los hechos es, a juicio de PLIS. Educación, por favor, una
irresponsabilidad de la dirección del centro. Aunque es cierto que la
medida provisional de expulsión de menos de 6 días, prevista por el
artículo 61 del decreto 121/2010 de derechos y deberes de los alumnos,
es una facultad del director, la gravedad del caso, la alarma social
producida y la persistencia del efecto de la agresión, con los presuntos
agresores en el centro, habría aconsejado la expulsión cautelar. Esta
omisión indica que la dirección del centro o no conocía las facultades
que ley le otorga, lo que indicaría escasa profesionalidad, o ha
gestionado de la manera más torpe el procedimiento.
Contra
esta medida cautelar de expulsión no se puede oponer el hecho de que la
fiscalía de menores, y la policía bajo su mando, ya está investigando
los hechos, ya que el artículo 66 determina que la comunicación a
fiscalía de menores no tiene que paralizar la instrucción interna del
caso y las medidas correctoras.
Por
otra parte, el artículo 63 obliga al director a abrir expediente y a
nombrar a un profesor instructor, que es el encargado,en un plazo máximo
de 10 días, de realizar todas las gestiones necesarias para esclarecer
los hechos, determinar los responsables, tomar declaraciones a personas
que puedan aportar datos, calificar las infracciones y proponer
sanciones. De las declaraciones vertidas en la prensa durante esta
semana, no se tiene noticia de que en el centro haya cumplido con la
obligación de inicio de expediente y nombramient de instructor. Si esto fuera así, PLIS.
Educación, por favor cree que sería una dejación gravísima de
responsabilidades y que inspección debería inmediatamente tramitar la
destitución de la dirección del centro.
PLIS.
Educación, por favor no comparte las palabras del conseller Martí
March, sobre que no procede la expulsión de los alumnos, porque sin
tener datos concretos "podría ser una injusticia". La ley permite la
expulsión cautelar de los alumnos por un plazo inferior a seis días, y
el no haberlo hecho es lo que ha generado durante toda esta semana la
tensa situación vivida, el posible amedrentamiento de testigos, el
malestar de los padres de la víctima y el malestar de muchos padres, que
no entienden que un caso de este tipo no tenga una rápida respuesta.