miércoles, 5 de febrero de 2020

PLIS. Educación, por favor presenta dieciocho alegaciones al Anteproyecto de Ley Educativa.



















Eco en Crónica Balear
Entrevista en Esradio
Eco en El Mundo
Eco en Diari Balear
Palma,  5 de febrero de 2020
"No creemos que sea necesaria una ley educativa balear, ni tampoco, dada la determinación de Martí March, que ahora sea el momento de aprobarla, ya que no solo entrará en conflicto con la ley orgánica de educación actual (LOE-LOMCE), sino también con la futura ley orgánica que el Gobierno central ha anunciado que aprobará; el parlamento balear habrá trabajado en vano dos veces".
Sin embargo, PLIS. Educación, por favor ha registrado 18 alegaciones al anteproyecto, con la intención de corregir ciertas disposiciones contrarias a la ley y de mejorar el texto. 

Les adjuntamos un pdf con las alegaciones y, a continuación, les resumimos su contenido.



Alegación 1. Sobre el Consejo Escolar y Dirección de un centro escolar

El Anteproyecto adjudica al Consejo Escolar de los centros la decisión de aprobar los Proyectos Educativos de Centro, las Programaciones Generales Anuales y los proyectos de dirección. Estas medidas son contrarias a la Ley Orgánica LOE-LOMCE.
Alegación 2. Modelo lingüístico
Se aplaude la decisión del anteproyecto de considerar el castellano también como lengua vehicular de enseñanza (primera vez que ocurre en una norma balear) y se insta a que se acometa un modelo no centrado en la inmersión obligatoria en catalán, que respete la ley actual, que obliga a que el castellano sea vehicular en al menos el 25% de las materias, en que se pueda elegir sin cortapisas la lengua de primera enseñanza. Además se insta a blindar que los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (dificultades de aprendizaje) y los alumnos recién incorporados puedan estudiar en su lengua materna, para no añadir más obstáculos innecesarios a los obstáculos que deben superar por sus propias condiciones.
Alegación 3. Comunidad educativa
Se pide que no se consideren miembros de la comunidad educativa a las asociaciones de alumnos, padres, profesores, a otras asociaciones con intereses educativos ni al voluntariado, por ser las asociaciones de alumnos, etc. entidades jurídicas privadas, que representan los intereses de sus asociados, no los intereses de todos los alumnos, padres y profesores.
Alegación 4. Mesas de diálogo permanente
Como en la alegación anterior, se pide que las mesas de diálogo no lo sean con asociaciones de alumnos, padres, profesores, directores, sino con los representantes de alumnos, padres, profesores, directores.
Alegación 5. Autonomía, evaluación externa y responsabilidad de los centros
Se pide introducir evaluaciones externas censales, con el objetivo de comprobar que se alcanzan los mínimos exigidos y para que sirvan de base para la rendición de cuentas. No hay autonomía de centro si no hay responsabilidad por los resultados obtenidos por ese centro.
Alegación 6. Enseñanza y aprendizaje
Se pide corregir la afirmación del anteproyecto de que un centro escolar debe estar centrado en el aprendizaje y no en la enseñanza, ya que enseñanza y aprendizaje son conceptos no solo complementarios sino recíprocos, no existiendo uno sin el otro.
Alegación 7. Elección de centro
Se insta a que se incluya en la ley, de acuerdo con la ley actual LOE-LOMCE, el criterio de la "demanda social" a la hora de planificar la oferta de centros escolares. 
Alegación 8. Centros concertados
Se advierte de que definir la enseñanza concertada como "complementaria" de la pública infringe la ley estatal actual y numerosas sentencias que rechazan el carácter de subsidiaria o complementaria aplicada a la enseñanza concertada. También se pide incorporar el criterio de la "demanda social" a la hora de ofertar centros escolares. Finalmente, ante la insinuación de eliminar de los conciertos la enseñanza diferenciada (niños/niñas), se pide incluir de forma clara lo dispuesto por la Ley Orgánica LOE-LOMCE, que la enseñanza diferenciada no supone discriminación por razon de sexo.
Alegación 8. Educación inclusiva
Ante la intención del anteproyecto de contemplar solo la vía inclusiva para atender a alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, es decir, de atender en aula ordinaria de centro ordinario a todos los alumnos con o sin necesidades, se pide flexibilizar la atención de los alumnos NESE y NEE, aceptando la convivencia de varias vías para poder atender de forma más eficaz, y ajustada a las necesidades, a los alumnos con más problemas: en aula ordinaria de centro ordinario, en aula específica de centro específico, en centro especial, en centros con modo combinado.
Alegación 9. Formación Profesional
Se pide que se habilite un ente singular que unifique la formación profesional educativa, la ocupacional y llamada "a demanda".
Alegación 10. Comunidad de aprendizaje
Se pide que se elimine el término (o términos asimilados) de "comunidades de aprendizaje", por ser un término que minusvalora el aprendizaje y defiende la ingeniería social, pues concibe cono objeto de educación no el alumno, sino el entorno social del alumno, con la intención de cambiar el entorno social
Alegación 11. Transparencia.
Para poder ejercer la autonomía de un centro con responsabilidad, se pide incluir mecanismos que cumplan altos estándares de transparencia, que incluyan publicación de resultados, publicación de los documentos de relevantes del centro, centralización de la información relevante de todos los centros en una página web de la Consejería de Educación, terminando con la atomización actual, que obliga a peregrinar de página web de centro a página web de otro.
Alegación 12. Teletrabajo.
Se pide mencionar en la ley la posibilidad de que determinadas tareas, docentes y de administración, se puedan desarrollar mediante la modalidad de teletrabajo.
Alegación 13. Objetivo de financiación del sistema educativo.
Se pide que se sustituya en la disposición adicional quince el objetivo destinar el 5% del PIB al sistema educativo en un dilatado período de ocho años, por el objetivo de alcanzar una determinada financiación por estudiante, para evitar infrafinanciación o hiperfinanciación cuando el PIB descienda o ascienda y para evitar la infrafinanciación en los territorios con menor PIB.
Alegación 14. Formación del profesorado.
Se pide que se sustituya la expresión “la formación permanente del profesorado ha de ser organizada por la Administración”, por otro más abierto del tipo “la formación permanente del profesorado puede ser organizada por la Administración” . También se pide que se reconozca la capacidad de los propios docentes para proponer sus currículos.
Alegación 15. Evitar el adoctrinamiento.
Se pide que se incluya una mención específica y clara, en que se rechace cualquier tipo de adoctrinamiento, y el reconocimiento expreso de que la política educativa no debe ser un campo de batalla ideológica.
Alegación 16. Los valores culturales y consciencia de pertenencia.
Para conseguir una mayor universalización cultural, no reñida con las raíces culturales, se pide añadir al objetivo de adquirir nociones básicas de la cultura, con especial referencia a la propia de Baleares, con especial referencia a la de Baleares, de España  y de Europa.
Alegación 17. Considerar a las familias responsables de la educación
Se pide que explicitar que la educación es responsabilidad de las familias y que los centros son corresponsables de la misma
Se pide incluir que los poderes públicos deban garantizar diferentes modelos educativos porque solo así se hará verdaderamente efectiva la libertad de elección.