sábado, 24 de octubre de 2020

Posición oficial de PLIS sobre el decreto 31/2020 que permite la promoción y titulación generales

 



 

     El Ministerio de Educación aprobó el 29 de septiembre medidas excepcionales de evaluación, promoción y titulación de los alumnos de centros de educación primaria y secundaria. Decreto ley 31/2020:  https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-11417

    La Consejería de Educación de Baleares dictó, bajo el amparo del decreto ley 31/2020, tres resoluciones sobre evaluación, promoción y titulación de los alumnos de primaria, secundaria y bachillerato.

    El decreto ley permite la promoción y titulación de alumnos sin límite de suspensos, para el curso 2021, modificando la ley orgánica vigente, LOE, que impide promocionar con más de dos asignaturas suspendidas y, excepcionalmente, con más de tres y que impide titular en ESO con más de dos suspendidas y en Bachillerato, con una o más suspendidas.

    PLIS. Educación, por favor está en contra del contenido de este decreto-ley por las siguientes razones:

  • por ignorar la más elemental regla pedagógica, que consiste en ligar de forma necesaria esfuerzo y rendimiento
  • por lanzar el mensaje de que sin esfuerzo y sin demostrar rendimiento se tendrá asegurada la promoción y titulación
  • por infringir el ordenamiento jurídico, ya que, saltándose la jerarquía normativa, un decreto ley modifica la ley orgánica vigente, LOE, de jerarquía superior, que impide promocionar con más de dos asignaturas suspendidas y, en circunstancias excepcionales, con más de tres y que impide titular en Bachillerato con una o más asignaturas suspendidas
  • por infringir el ordenamiento jurídico al aducir como justificación del decreto ley la excepcionalidad de la pandemia, cuando en la ley orgánica vigente, LOE, ya se establece un criterio de excepcionalidad que permite promocionar con tres asignaturas suspendidas
  • por provocar desigualdades autonómicas e interautonómicas, al permitir que cada autonomía y cada centro puedan establecer criterios de promoción y titulación, con el resultado previsible de comunidades autónomas "duras" y "blandas" y de centros escolares "duros" y "blandos"
  • por abandonar el ministerio la competencia exclusiva que le da la constitución para la homologación de títulos, que implica la fijación de criterios comunes y obligatorios en toda España
  • por ser un decreto ley con intención política, al pretender evitar, con el placebo de la promoción y titulación general, la contestación popular por la falta de medidas concretas para reducir ratios, para dotar de medios técnicos a los alumnos que carecen de ellos, por la ausencia de instrucciones para garantizar el aprendizaje durante el período de pandemia
  • por ser este decreto ley una operación de maquillaje de resultados educativos, eliminando de golpe, por decreto, algunos de las rémoras del sistema educativo español, que tiene de las más altas tasas de repetición, de no idoneidad educativa y de abandono educativo temprano.
    Pueden escuchar o leer el desarrollo de lo anteriormente enumerado en:

Entrevista en Canal 4