jueves, 10 de mayo de 2018

La conselleria de Educación da curso a una huelga no educativa

    La asociación de profesores PLIS. Educación por favor denuncia que el Jefe de Departamento de Planificación y Centros, Jaume March Serra, ignorando lo dispuesto en el decreto de derechos y deberes de los alumlnos, ha cursado una carta a los directores de los centros emplazándoles a dar seguimiento a la huelga convocada por El Sindicato de Estudiantes para protestar contra la sentencia de "La Manada"

 Eco en El Mundo
Palma,  10 de mayo de 2018



La carta de Jaume March, Jefe de Departamento de Planificación y Centros, fechada el 8 de mayo de 2018, informa a los directores de centros escolares de que "el proper dia 10 de maig de 2018 el Sindicato deEstudiantes convoca una vaga d'estudiants a tots els centres educatius de les Illes Balears" y emplaza a los directores a que según lo regulado por el decreto 121/2010 de derechos y deberes de los alumnos, a que hagan un seguimiento de la misma. Finaliza la carta afirmando que "Davant d'aquesta convocatòria us demanam que l'equip directiu, en l'exercici de les seves funcions, garanteixi el drets dels alumnes que secundin la vaga i que, alhora, les activitats lectives es desenvolupin amb normalitat".

PLIS. Educación, por favor denuncia que Jaume March, contradiciendo lo dispuesto por el decreto 121/2010 que él mismo invoca, da unas instrucciones contrarias a derecho y obliga a los directores a dar cobertura ilegal a una huelga no educativa.

El artículo 14.2, letras b), c) y d) del decreto 121/2010 indica con total claridad que cuando una discrepancia se concrete en inasistencia a clase (huelga), esta no será contraria a la ley siempre que se reúnan las siguientes condiciones:
  • 14.2.b)  La propuesta debe estar motivada en discrepancias respecto de decisiones de carácter educativo.
  • 14.2.c)  c) La junta de delegados debe presentar la propuesta por escrito ante la dirección del centro. 
  • 14.2.d) La propuesta se tiene que presentar con una antelación mínima de diez días respecto de la fecha prevista y debe incluir la fecha y, en su caso , los actos programados y la hora en que se vayan a llevar a cabo.

La convocatoria de huelga del Sindicato de Estudiantes, para protestar contra la sentencia de La Manada no puede considerarse como discrepanca respecto a decisiones de carácter educativo, ya que afecta únicamente a una sentencia dictada por jueces, enmarcados dentro del poder judicial, ajenos, por tanto al ámbito educativo.

El Sr., March Serra ha actuado con total irresponsabilidad y en dirección contraria a lo reglado por el decreto que él mismo invoca, obligando a los directores a actuar en contra de la ley y a aceptar como educativa una huelga ajena totalmente a lo educativo.

PLIS. Educación, por favor reclama la dimisión del Jefe e Departamento de Planificación y Centros, Jaume March Serra, por irresponsabilidad y por tomar con total consciencia decisiones contrarias a la ley.

Referencias legalees
  1. Convocatoria de huelga del Sindicato de Estudiantes: http://www.sindicatodeestudiantes.net/images/2018/Mayo/octaLyC_10mayo18_castellano_A4_1.pdf
  2. Decreto 121/2010, de 10 de diciembre, por que se establecen los derechos y los deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears (artículo 14.2): "http://boib.caib.es/pdf/2010187/mp33.pdf"
  3. Carta del Jefe deDepartamento de Planificación y centros, firmada por Jaume March Serra, dirigida a los directores de centro: https://drive.google.com/open?id=0BxPMe3spmUT5WmE2cWF2ZTJhaGlROXViLWVkUF81N3pVdmRB