domingo, 6 de octubre de 2019

A propósito de la baja de Carlos Serra como asociado y presidente de PLIS.



PLIS. Educación, por favor, ante las últimas noticias publicadas en El Mundo, los días 30 de septiembre y 1 de octubre, firmadas por Miguel Ángel Font sobre que Carlos Serra fue destituido ilegalmente como Presidente de Plis y sobre que su destitución fue motivada por las vinculaciones del secretario y tesorera de PLIS con el partido Ciudadanos, quiere exponer la verdad de los hechos y desenmascarar las falsedades aparecidas en El Mundo.


"PUNTO A. Información sobre la baja como asociado de Carlos Serra Martín, con efectos del 1 de mayo de 2019.
Carlos Serra no fue expulsado ni sancionado ni tampoco ningún miembro de la junta directiva le dio de baja:  Carlos Serra causó baja automática como asociado de PLIS, y, por lo tanto, de los cargos de presidente y portavoz, el día 1 de mayo de 2019 por, a pesar de haber recibido dos requerimientos de pago de cuota, no pagar su cuota obligatoria de asociado en el plazo de cuatro meses. El secretario informó de esta baja a Carlos Serra y a los miembros de la junta directiva en sendas cartas del 17 de mayo.
El fundamento legal de la baja de Carlos Serra está recogida en los siguientes artículos de los estatutos de PLIS:
  1. artículo 10, punto c: “son obligaciones del asociado (...) c. Satisfacer las cuota que se establezcan”,
  2. artículo 45: Al inicio de cada ejercicio económico se satisfará por los asociados una cuota anual periódica por el importe que para cada ejercicio fije la Asamblea General. En tanto no haya modificación, esa cuota se fija en la suma de doce euros anuales, pagaderos en un único plazo dentro del primer mes del año natural”
  3. artículo 8, punto b: “Los asociados causarán baja por alguna de las siguientes razones: a) Por voluntad propia comunicada por escrito a la Junta Directiva.; b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas que conlleve la condición de asociado cuando se hayan cumplido tres meses desde el momento en que aquellas deberían haber sido satisfechas; c) Por comisión de acciones que perjudiquen gravemente los fines y/o intereses de la asociación, incumpliendo cualquiera de los principios recogidos en el artículo 2 de estos Estatutos, mediante acuerdo motivado de Asamblea General Extraordinaria, a propuesta de la Junta Directiva; d) Por fallecimiento.
Todo asociado tendrá derecho a ser informado por la Junta Directiva de los hechos que pueden dar lugar a su expulsión y a ser oída con carácter previo a la adopción del acuerdo de expulsión que presentará ante la Asamblea General.”
Este artículo 8 solo contempla el derecho a audiencia, es decir, a “ser oído”, en el caso de expulsión  y como trámite previo a un acuerdo de expulsión. Los supuestos de baja a) por voluntad propia comunicada por escrito a la Junta Directiva, d) por fallecimiento o b) por incumplimiento de las obligaciones económicas no son supuestos de expulsión, ya que resulta absurdo pedir audiencia a un fallecido, a quien haya manifestado expresamente su voluntad de darse de baja o a quien, como en el caso de Carlos Serra, habiendo recibido dos requerimientos de pago, no haya satisfecho su cuota anual en el plazo establecido de cuatro meses, un plazo ordinario de un mes y uno extraordinario de tres meses.

El fundamento legal se completa con lo dispuesto en el artículo 11.4. de la ley Orgánica 1/2002 reguladora del derecho de asociación, que dice: “ Existirá un órgano de representación que gestione y represente los intereses de la asociación, de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Sólo podrán formar parte del órgano de representación los asociados.” De ello se deduce que la baja como asociado conlleva necesariamente la baja como miembro de la junta directiva y de los cargos que ostente en la junta directiva.
Los hechos que han causado la baja y a los que se aplica el anterior fundamento legal son los siguientes:
  1. El plazo de pago de cuota anual correspondiente a 2019 comenzó el 1 de enero de 2019 y terminó el 31 de enero de 2019.
  2. El 15 de febrero de 2019, la tesorera envió por correo electrónico un requerimiento de pago a todos los asociados, entre ellos Carlos Serra, y también a todos los simpatizantes, por si algún simpatizante quería asociarse,
  3. el 8 de abril de 2019, Carlos Serra  recibió, por medio de la cuenta de WhatsApp de la Junta Directiva de PLIS. Educación, por favor, cauce ordinario de comunicación de los miembros de la Junta Directiva, un segundo aviso, por parte de la tesorera.
  4. El 1 de mayo de 2019, es decir, cuatro meses después de iniciado el plazo de pago y tres meses después del período complementario de pago, pasado el cual un asociado deja de ser asociado, Carlos Serra no había aún pagado su cuota.
  5. El 17 de mayo de 2019, el secretario redactó certificado de baja e informó de la misma a Carlos Serra y a los miembros de la junta directiva. El secretario bloqueó el mismo día 17 de mayo de 2019 el acceso de Carlos Serra al correo, blog, twitter y facebook de PLIS mediante el cambio de contraseñas, es decir, 17 días después de haberse cumplido el plazo de cuatro meses, transcurridos los cuales se pierde la condición de asociado
  6. De no haberse comunicado la baja a Carlos Serra, todas las reuniones de la junta directiva que se hubieran realizado a partir del 1 de mayo de 2019 y los acuerdos tomados en ellas habrían sido nulos de pleno derecho, al estar presidida la junta directiva por un no asociado. Es por eso que el secretario, que debe velar por la cobertura legal de los actos de la junta directiva con los estatutos, no tuvo más remedio que dar curso a la información de baja.
  7. Hoy mismo, día 5 de julio, seis meses y cinco días después de iniciado el período de pago, en la cuenta bancaria, aparece un ingreso de 12 euros de en concepto de cuota, por lo que hoy mismo  Carlos Serra puede ser considerado “nuevo” asociado.

PUNTO B. Información sobre los hechos ocurridos entre el 6 de abril y 1 de mayo de 2019, anteriores a la baja de Carlos Serra.
El día 6 de abril de 2019, el presidente del partido VOX, en el curso de la presentación oficial de candidatos a las elecciones al parlamento balear, presentó a Carlos Serra como candidato número 5 de la lista electoral y lo calificó enfáticamente como “presidente de PLIS. Educación, por favor”.
Julián Ruiz-Bravo Peña y Verónica Álvarez, miembros de la junta directiva, que no estaban de acuerdo con que Carlos Serra compaginara presidencia de PLIS con candidatura por un partido político, porque ello podía dañar la imagen de asociación independiente políticamente y dañar la transversalidad política de la asociación, propusieron a Carlos Serra una delegación temporal de la presidencia y portavocía hasta pasadas las elecciones, con el compromiso de recuperar la presidencia y portavocía si no resultaba elegido o no resultaba nombrado para un cargo dentro del futuro gobierno balear.
Carlos Serra Martín defendió que eran compatibles presidencia y candidatura y se negó a delegar temporalmente.
Dado que los estatutos establecen en el artículo 23 que  “Las funciones de los miembros de la Junta se establecerán internamente conforme a la potestad de autoorganización de la Junta”  y dado que el artículo 26 permite que se solicite Junta Directiva Extraordinaria por un tercio de la Junta Directiva, el día 8 de abril de 2019 Julián Ruiz-Bravo solicitó formalmente convocatoria de junta directiva extraordinaria, solicitud a la que se sumó Verónica Álvarez. En esta junta extraordinaria se detallaba el orden del día:1.- Decidir  la retirada o continuidad de la portavocía de Carlos Serra, 2.- Decidir la retirada o continuidad de la función de presidente  de Carlos Serra , 3.-Decidir el cese o continuidad de Carlos Serra como miembro de la Junta Directiva”.
El Secretario informó a Carlos Serra de que, tramitada la solicitud de junta extraordinaria de acuerdo con los estatutos, su obligación era convocarla y le cursó tres requerimientos formales por correo electrónico,  el 8 de abril, el 10 de abril y el 3 de mayo y le informó de que, dada la circunstancia temporal que motivaba la solicitud, la Junta Extraordinaria debía realizarse antes de que comenzara la campaña electoral.
Carlos Serra reconoció, en carta del 15 de abril de 2019, dirigida desde la cuenta de PLIS a todos los asociados, que efectivamente iba a convocar en unos días la citada junta:  “Cuarto. Que en el escrito se menciona que, por dos veces, se me ha exigido convocar una junta extraordinaria pero se omite decir que, entre esas dos solicitudes, apenas han mediado 48 horas y tampoco se informa de mi respuesta, en la que solicito unos días para convocar la junta, alegando motivos que considero justificados y que no tengo inconveniente en mostrar en privado, puesto que afectan a terceras personas.”
Previamente, el 10 de abril de 2019, en  carta dirigida a la dirección particular de Julián Ruiz-Bravo, desde su dirección particular, Carlos Serra reconoce su obligación de convocar la Junta Extraordinaria: “No dudes en que convocaré esa reunión puesto que, como bien indicas, estás en tu perfecto derecho de solicitarla y yo me encuentro no sólo en la obligación de convocarla sino en el deseo de hacerlo, ya que creo que son importantes los temas a tratar, pero entre mi nominación, (...) Por todo lo que te acabo de exponer, sólo te pido que me des unos días para organizarme”.
Sin embargo, a pesar de los tres requerimientos formales y de que Carlos Serra, en las dos cartas anteriores, había pedido unos días para convocarla, lo cierto es que, comenzada la campaña electoral el 9 de mayo, un mes después, y cumpidas las elecciones, 26 de mayo, un mes y 16 días después, Carlos Serra aún no había convocado Junta Directiva Extraordinaria. 
A estos hechos le sobreviene la pérdida de condición de asociado de Carlos Serra con efectos del 1 de mayo de 2019, por no cumplir con sus obligaciones económicas, tal y como de ello se ha informado en el punto A del este escrito."

Aparte de lo recogido en el acta, PLIS quiere también desmentir las falsedades que Carlos Serra ha vertido y han aparecido en El Mundo:
Caso Olga Ballester. Carlos Serra dice que cuando Olga Ballester fue elegida candidata porCS a las elecciones autonómicas no se le pidió que abandonara su cargo en la Junta Directiva. Falso. Desde el minuto 1, por acuerdo de los tres miembros de la junta directiva, Olga dejó de ser Portavoz adjunto y ya no apareció nunca más en notas de prensa, artículos o manifestaciones de PLIS. También se acordó sustituirla en su función de Tesorera en cuanto encontráramos una persona idónea, lo que finalmente se hizo.
Caso vinculación de Verónica Álvarez y Julián Ruiz-Bravo con C,s.. Verónica se dio de baja de Ciudadanos hace bastante tiempo. Julián Ruiz-Bravo sí era y es afiliado de Ciudadanos, pero como asociado y sin ninguna representatividad ni cargo dentro del partido. El análisis de un libro de texto adoctrinador de bachillerato de Baleares por encargo de Ciudadanos no supone ninguna representatividad, ya que ese trabajo lo hizo JRB como técnico.
Quién nombra al presidente en PLIS. Carlos Serra dice que fue fue elegido Presidente por una asamblea y solo una asamblea puede destituirlo. Falso. Artículo 35, “La asamblea general tiene que elegir a los miembros de la junta directiva mediante votación por sufragio libre y secreto, en sesión extraordinaria de carácter electoral convocada a este efecto.". El artículo 23 establece que los cargos los nombra la Junta Directiva: "Las funciones de los miembros de la Junta se establecerán internamente conforme a la potestad de autoorganización de la Junta" 
Cese no es destitución. Carlos dice que fue destituido. Falso. Como se dice en el extracto de la asamblea del 5 de julio de 2019, a Carlos Serra no se le destituyó, sino que transcurridos 4 meses, cumplidos los plazos que los estatutos marcan para proceder al pago de cuotas y mantener la condición de socio y apercibido en dos ocasiones para que pagara, de lo cual hay constancia, Carlos Serra causó baja automática por no pagar su cuota.
Asociados que no estaban al corriente de pago. Carlos Serra dice que Olga Ballester y otra asociada no habían pagado. Falso. Se puede comprobar por los movimientos bancarios de la cuenta de PLIS que estas dos asociadas pagaron en el plazo establecido. 
Contraseñas retiradas a Mari Paz Pérez y Sonia Franco. Carlos Serra dice que se retiraron las contraseñas de redes sociales a las dos asociadas citadas. Falso. Mari Paz Pérez no era asociada, se asoció, pagando su cuota, mucho tiempo después de los hechos. Sonia Franco, nunca recibió las contraseñas del secretario, que es quien coordina las redes sociales.