Estimado profesor:
Como sabes, la
Asamblea de Docentes promueve una campaña contra la LOMCE que consiste en
plantear en Claustro extraordinario una votación para la adhesión a la
Llama la atención
que durante estos dos últimos años no se haya planteado en los
centros casi ningún debate ni información sobre la LOMCE. Son muchos los aspectos positivos
o negativos, virtudes o defectos de la LOMCE, que profesionales de la enseñanza
deberían debatir, sobre todo teniendo en cuenta que una ley ha de aplicarse.
La pretensión de la
Asamblea de Docentes no es fomentar la información y el debate sino boicotear
la ley y por eso plantea utilizar los claustros para votar manifiestos que son
ajenos a las competencias que la ley atribuye a los claustros.
Los claustros tienen
una serie de competencias que el artículo 129 de la LOMCE (que es el mismo
artículo 129 de la LOE) contempla de forma tasada. Son lss siguientes
Puedes comprobar
que una votación contra, o a favor de,
una Ley Orgánica, aprobada en el Parlamento, por mucho que guste o disguste, no
está amparada por las competencias anteriormente enumeradas.
PLIS.
Educación, por favor, te anima a que presentes los siguientes escritos de
recurso o impugnación en el registro de la secretaría de tu centro o en el
registro de Conselleria.
Recurso para
presentar antes del claustro extraordinario, dirigido al Director del centro
(se recomienda también dirigir otros dos:
- al Inspector Jefe de Educación, García Moles, -al Director General de
Educación, Miguel Deyà).
Impugnación para
leer en claustro y entregar al director en el mismo claustro, con expresión de
que conste en acta.
Impugnación para
presentar después del claustro, dirigido al Director del centro (se recomienda
también dirigir otros dos: - al
Inspector Jefe de Educación, García Moles, -al Director General de Educación,
Miguel Deyà)