La asociación PLIS.
Educación, por favor considera un despropósito la intención del govern
Armengol de bordear la ley para adjudicar a los consejos escolares
competencias ejecutivas. En primer lugar, no puede hacerlo porque
violaría la ley. En segundo lugar, es contraproducente desde el punto de
vista pedagógico.
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Palma, 26 de Octubre de 2015
Un centro escolar ha de ser responsable de la formación académica de los alumnos que estudian en él y esta responsabilidad no puede exigirse cuando quien toma las elecciones es un órgano colegiado en el que forman parte no profesionales (alumnos y padres). "¿Responderán los padres y alumnos de un consejo escolar cuando el centro no funcione y no prepare adecuadamente a sus alumnos?"
PLIS. Educación, por favor afirma que uno de los males de la enseñanza española es, desde hace ya muchos años, considerar la educación algo "de buen rollito" y que no es asunto de profesionales. Hay que dejar las cosas muy claras. El director de un centro, con el concurso del claustro profesores, debe ser el encargado de aprobar y ejecutar los proyectos, métodos y estrategias pedagógicos y hacerse responsable de sus resultados. Nunca un consejo escolar.
"¿Cuál debe ser, entonces, la competencia de un consejo escolar? Evaluar y valorar los resultados del centro e instar a la dirección a responsabilizarse y rendir cuentas, tanto si obtiene éxito escolar como si fracasa".
"No hay que multiplicar hasta el infinito los parlamentos. Las leyes educativas se aprueban en el parlamento nacional, de la que luego emanan los decretos ejecutivos estatales y autonómicos, y en parlamentos regionales. ¿Tiene sentido recurrir a otro miniparlamento en cada una de las escuelas y colegios, con tal de evitar la responsabilidad de rendir cuentas de los resultados?"