lunes, 23 de septiembre de 2019

PLIS advierte de que la huelga estudiantil del día 27 es ilegal

         La asociación de profesores advierte de que la convocatoria de huelga contra el cambio climático, que los sindicatos mayoritarios STEI y UOB extienden a los estudiantes, infringen el decreto de derechos y deberes de los alumnos.

Palma,  23 de septiembre de 2019



"Se pretende que los centros escolares sean un cajón de sastre donde cualquier reivindicación, lo más alejada posible de la educación, quepa, para convertir a los estudiantes, menores de edad y deseosos de fiesta, en conejillos de indias de reivindicaciones de todo tipo. Y mucho nos tememos que, en plena campaña preelectoral, el gobierno balear se sume a la huelga ilegal".

El Sindicato de Estudiantes, con el lema "El capitalismo mata el planeta" y el Sindicato de Estudiantes de los Países Catalanes, llamando a la lucha de clases porque "las clases populares han sufrido siempre las consecuencias de las crisis que ha creado el sistema neoliberal", han convocado huelga el 27 de septiembre contra el cambio climático, sin adjuntar a la convocatoria ninguna razón de tipo educativo. 

Asimismo, los sindicatos de profesores STEI i UOB convocan una huelga de profesores sin aportar en sus manifiestos ninguna razón laboral y apoyando la huelga convocada por el sindicato de estudiantes sin aportar tampoco ninguna razón educativa.

El artículo 14 del decreto balear 121/2010, sobre derechos y deberes de alumnos dice con claridad que " los alumnos tienen derecho a manifestar sus discrepancias respecto de las decisiones educativas que les afecten" y que la propuesta de no asistir a clase elevada a la dirección por los delegados o representantes de los alumnos "debe estar motivada en discrepancias respecto de decisiones de carácter educativo".

 Además, el decreto añade una serie de filtros procedimentales para que una huelga de estudiantes sea legal: a) no basta con la convocatoria de un sindicato; b) deben presentarla la junta de delegados, siempre que esté motivada por decisiones de carácter educativa, ante la dirección del centro; c) la propuesta se debe presentar con una antelación mínima de 10 días; d) deben avalar la propuesta, como mínimo, el 5% de los alumnos o la mayoría absoluta de los delegados delos alumnos; e) la dirección del centro tiene la obligación de comprobar que en la propuesta presentada se cumplen los requisitos anteriores; f) una vez comprobados los requisitos por el director, la propuesta debe ser aprobada por todos los alumnos del centro en votación secreta y por mayoría absoluta.

Dado que la convocatoria de huelga no tiene que ver con decisiones educativas que afecten a los alumnos y dado que en ningún centro se han presentado solicitudes de huelga antes del día 17 de septiembre, PLIS. Educación, por favor advierte de que denunciará a los directores que, no cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 14 del decreto 121/2010, den el visto bueno a la huelga. Igualmente, denunciará a la conselleria de Educación si traslada a los centros, como ha hecho en otras ocasiones en situaciones similares, instrucciones de permitir la huelga de estudiantes. PLIS anuncia también que enviará una carta informativa a todos los directores de centros escolares.