Padres del IES CALVIÀ solicitan al Consejero de Educación, Antoni Vera, que se satisfaga el derecho de sus hijos, recogido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo y por la doctrina del Tribunal Constitucional, a recibir en castellano el 50 por ciento de las clases en castellano, con un mínimo del 25 por ciento y en al menos en una área, materia o asignatura no lingüística troncal.
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Palma a 25 de octubre de 2023
"La respuesta que dé la Consejería de Educación a estos padres será la prueba de fuego de si el nuevo gobierno balear respeta la obligatoria vehicularidad del castellano y del catalán"
PLIS. Educación, por favor, entidad perteneciente a Escuela de Todos, que asesora a los padres de Calvià espera que la Consejería no trate con la misma displicencia y oposición del gobierno anterior a la petición de los padres de respetar los derechos lingüísticos de sus hijos, estudiantes de ESO. La asociación de profesores no concibe que la nueva consejería dé largas o se oponga. "Es la hora de demostrar que la defensa de la vehicularidad del castellano, o español, en la enseñanza no es una mera frase vacía, solo últil en procesos electorales".
PLIS no desearía tener que llegar a un nuevo recurso ante el TSJIB, pues la imagen del nuevo gobierno, oponiéndose ante un tribunal, a la petición de padres de que el castellano sea lengua vehicular sería un golpe definitivo a la credibilidad del Prohens y Vera. El PP ha de ir dando pasos hacia delante en conjunción lingüística y no limitarse a la libre elección en primera enseñanza, de 3 a 7 años, y acabar así con la inmersión obligatoria en catalán. "Si se oponen a la pretensión de estos padres, quedará claro que el PP es partidario de seguir con la inmersión en catalán en primaria y secundaria, camuflada por la medida cosmética de la libre elección de lengua de 3 a 7 años".
La pretensión de los padres se basa en la jurisprudencia del TS y la doctrina del TC.
El TS ha establecido la doctrina de que, en modelo de conjunción lingüística, vigente tanto en Baleares como en Cataluña, es obligatorio que los centros impartan en castellano al menos el 25% del horario lectivo y en al menos en una área, materia o asignatura no lingüística de carácter troncal o de carácter análogo.
Por otra parte, el TC ha establecido recientemente la doctrina, a propósito de la la sentencia sobre la constitucionalidad de la Ley Celaa, de que en las comunidades con dos lenguas oficiales deben ser vehiculares de enseñanza según un patrón de equilibrio o igualdad.