Palma, 14 de marzo de 2019
Normativa aplicable.
- El artículo 18 de la Ley de Normalización Lingüística: los padres pueden elegir la lengua de primera enseñanza (catalán o castellano) y que los poderes públicos tienen la obligación de hacer efectivo este derecho.
- Sentencia del Tribunal Supremo 570/2005, del 12 de diciembre de 2008, que sienta jurisprudencia: obliga a incluir en los impresos de solicitud de centro, en escolarización de primera enseñanza, dos casillas para que los padres puedan elegir lengua de primera enseñanza en catalán o castellano “...al más eficaz cumplimiento de la obligación de la Administración de garantizar este derecho, aumentando razonablemente (de forma sencilla, añadiendo un par de nuevas casillas en el impreso de preinscripción) los medios necesarios para hacerlo efectivo y facilitando su ejercicio por padres y tutores, todo ello a la luz de los principios contemplados en el artículo 9 de la Constitución".
- Decreto 45/2016, de 22 de juliol, artículo 2:el proyecto lingüístico del centro debe estar expuesto en la web del centro.
- Recurso de PLIS. Educación, por favor, ante la Comisión para la Resolución de Reclamaciones en materia de acceso a la Información pública, 13 de febrero de 2019 (en fase de resolución): Ante la realidad de que pocos centros de Infantil y Primaria tienen expuestos sus proyectos lingüísticos en las webs de los centros, la asociación exige la publicación de toos los proyectos ling¨Luísticos en las webs correspondientes o en un portal único. https://drive.google.com/open?
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0BxPMe3spmUT5NDJZd2Z3OG5RaHRwe no0eFpkZ2JFQ1h1ak1B - Impreso de solilcitud de centro escolar: 2019-2020:
NOTA DE PRENSA
La consejería de Educación ha dictado una resolución que permite, a partir del 25 de marzo, solicitar centro a todos aquellos padres que deseen matricular a sus hijos en cuarto curso de Infantil (3 años) o en primero de Primaria (6 años). Pero, a pesar de que el artículo 18 de la Ley de Normalización y la Sentencia del Tribunal supremo 570/2005 obligan a las autoridades educativas a incluir en los impresos de solicitud de centro la opción de lengua de primera enseñanza en catalán o en castellano, la consejería de Eduación ha decidido una vez más infringir la ley y no incluir en el impreso la posibilidadde ejercer ese derecho (https://drive.google.com/ open?id=1IFAyPQpKAKNecn- J5js6Q9kSjDQ-2gE9 ).
Por si fuera poco, la CoNsejería ha decidido, en el mismo impreso, obligar a los padres a firmar que conocen y respetan el proyecto lingüístico del centro que eligen, a pesar de que, como ha denunciado PLIS. Educación, por favor, el 13 de febrero de 2019, ante la Comisión para la Resolución de Reclamaciones en materia de Acceso la Informción Pública, muy pocos centros de infantil y primaria tienen publicados sus proyectos lingüísticos en sus webs, tal como obliga el decreto 45/2016. "Esto quiere decir simplemente que la Consejeria de Educación chantajea a muchos padres a mentir y les fuerza a firmar, por miedo a no poder matricular a sus hijos en el centro deseado, que conocen un proyecto lingüístico que no pueden conocer porque no está publicado tal como exige la ley".
PLIS. Educación, por favor exige al sr. Martí March que corrija el impreso de solicitud de centro, incluyendo dos casillas para que los padres puedan elegir lengua de primera enseñanza, tal y como exige la Ley de Normalización Lingüística, y eliminando la frase "“Mitjançant la signatura d’aquesta sol·licitud, faig constar que conec el projecte educatiu i el projecte lingüístic dels centres que he seleccionat i que els respectaré”. PLIS. Educacion, por favor considera que, de no modificarse el impreso antes del día 25 de marzo, el sr. Martí March y el Director General de Planificación y Centros estarán infringiendo conscientemente la Ley de Normalización Lingüística.