viernes, 11 de marzo de 2022

La ley March: una norma liberticida y anticonstitucional

 

Por Joan Font Rosselló. 

Miembro de PLIS. Educación, por favor.

OKDiario/Baleares


La Ley de Educación de Baleares aprobada recientemente en la cámara balear es una norma contra la libertad. En mayúsculas y sin matices de ningún tipo. Resumamos el rosario de aspectos lesivos, claramente intervencionistas, que atentan contra la libertad, la entendamos como la entendamos.

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En primer lugar, se trata de una norma que impide -en realidad, sigue impidiendo- a los padres la libre elección de centro en función de su proyecto educativo. El criterio de proximidad y el código postal del domicilio familiar son determinantes a la hora de asignar colegio. Ni la voluntad de las familias ni tampoco su derecho constitucional a elegir el tipo de educación que crean más adecuada para sus hijos tienen cabida en la elección de centro.

En segundo lugar, la llamada ley March no sólo conculca el derecho constitucional a elegir libremente el tipo de educación que una familia quiere para sus hijos sino que además tiene por objeto ir socavando paulatinamente este derecho al mantener en una posición de dependencia y subsidiaridad a la escuela concertada, prácticamente el único escape para que las familias puedan ejercerlo. Hasta día de hoy y sin visos de cambiar tampoco con la aprobación de la norma balear, el concierto sólo cubre la mitad del coste de cada plaza concertada, con lo cual las familias deben financiar el resto de su propio peculio. La ley de educación balear no se compromete a terminar con esta infrafinanciación de la red concertada, todo lo contrario, consagra su subsidiaridad respecto a la red pública, considerada prioritaria y con visos de convertirse en única y excluyente en el futuro. Y todo ello a pesar de que el principio de subsidiaridad no es constitucional, es más, hay sentencias que sientan que la concertada no es subsidiaria de la red pública en absoluto.

Tercero. La llamada ley March no permite a las familias el derecho a objetar contra determinados contenidos curriculares de sesgo claramente ideológico y moral como puedan ser la educación sexual, la ideología de género, la desmemoria histérica, la sociolingüística catalanófona, el colectivismo totalitario o la lucha contra el controvertido “cambio climático” de origen humano. El alumnado tendrá que tragar con toda esta moralina partidaria a pesar del desacuerdo de las familias. A las familias no tragacionistas sólo les queda buscarse un privado o un concertado, cruzar los dedos y tener suerte en la elección.

Cuarto. La llamada ley March, haciendo seguidismo de la LOMLOE de Celaáno prevé nuevos conciertos económicos para los colegios de educación diferenciada como los colegios del Parc Bit, incluso pone en cuarentena los conciertos actuales a expensas de cómo se pronuncie el Tribunal Constitucional respecto a la ley Celaá. 

Quinto. La llamada ley March, sin contar con la aprobación de las familias y apelando al pernicioso principio del inclusivismo, reduce los centros de educación especial a una categoría excepcional, sólo para escolarizar a los alumnos que requieran una atención muy especializada. Así pues, mientras la ley impide el traslado de alumnos con necesidades educativas públicas de un centro ordinario a un centro especial sí permite el traslado a la inversa. 

Sexto. La llamada ley March impide la libre elección de lenguaconsidera el catalán como única lengua vehicular y no da directrices claras a los directores de los centros para adaptar sus proyectos lingüísticos de centro a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que viene certificando la vehicularidad del castellano por ser también idioma cooficial en las comunidades bilingües. La norma, además, omite la jurisprudencia del Tribunal Supremo que, con la intención de dotar de sentido y de plenitud al concepto de vehicularidad del español que dimana del propio Constitucional, considera que al menos un 25% de las horas lectivas -con una materia troncal o análoga incluida- deben darse en español. La ley March no sólo se lava las manos.

Omite también la libre elección de las familias a escoger la primera lengua de enseñanza tal como recoge la Ley de Normalización Lingüística (1986) y lleva al límite el Decreto de Mínimos que convierte en uno de Máximos. En definitiva, la ley March, aun admitiendo que no tiene jurisdicción sobre el régimen lingüístico que deja en manos de los directores -que, no olvidemos, son de su cuerda-, no sólo no corrige sino que bendice y perpetúa la inmersión lingüística de facto que impera en prácticamente la totalidad de centros y en buena parte de los concertados. A las familias que rechazan el sistema de inmersión sólo les quedan dos vías alternativas: denunciar al director de centro -como viene ocurriendo en Cataluña y Valencia, con un éxito casi asegurado en todas las demandas- y esperar pacientemente la resolución del TSJIB, o pedir plaza en algún colegio concertado sin inmersión.

En suma, la primera ley de educación de Baleares es una norma claramente dirigista, intervencionista y liberticida. Ataca la libertad de los padres a elegir centro, ataca la libertad de los padres a elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos, ataca a la escuela concertada, ataca a la escuela diferenciada, ataca la libertad de los padres a elegir la lengua vehicular de sus hijos, ataca a la educación especial. Una norma que consagra un modelo único, monolítico y excluyente, convirtiendo la enseñanza pública en un cortijo privado de la izquierda y del separatismo, el búnker desde el que pretenden transformar nuestras sociedades equipados con la ristra de dogmas políticamente correctos y la tontuna de las políticas de cancelación con las que nos torturan a diario. Tras las elecciones de 2023 no hay que dejar piedra sobre piedra.