lunes, 22 de enero de 2024

La Consejería de Educación del PP se opone a la solicitud de una de las familias del IES CALVIÀ, que pidieron recibir enseñanza en castellano en al menos el 25% del horario lectivo


Las otras solicitudes aún no han recibido respuesta.

El nuevo Jefe de Inspección Educativa, Gabriel Timoner, no modifica la línea del anterior gobierno de izquierdas, y apoya la inmersión obligatoria en catalán del IES CALVIÀ, denegando  la petición de una familia, que reclama para su hijo enseñanza también en castellano, en un 50% del horario lectivo, con un mínimo del 25%.

Para PLIS, el conseller Antoni Vera,  igual que hizo el anterior consejero del PSOE, Martí March, desprecia, por medio de la Inspección Educativa, la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina del Tribunal Constitucional.

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Palma,  22 de enero de 2024

“Las dudas se están disipando: poco a poco el gobierno de Prohens, que pregona que defenderá la elección de lengua, va dando muestras de su verdadera intención en cuestión lingüística, que no es otra que blindar la inmersión obligatoria en catalán”.

El 27 de noviembre, una familia del IES CALVIÀ, además de otras tres familias,  solicitó al consejero de Educación, Antoni Vera, que se atendiera al derecho de su hijo a recibir clases en castellano en un 50% del horario lectivo, con un mínimo del 25% y en al menos una materia del ámbito científico o humanístico. 

Apoyaba la familia su petición, en primer lugar, en la sentencia del TC del 19 de abril de 2023, sobre la ley Celáa, que con meridiana claridad dicta que el castellano debe estar presente como lengua vehicular según “un patrón de equilibrio o igualdad entre lenguas” y que para que exista ese equilibrio o igualdad no debe reducirse a “ a una fórmula vacía, sino que se mantenga como derecho real y efectivo”. En la misma sentencia se indica que este patrón de equilibrio e igualdad está fundamentado también en las sentencias del TC “109/2019, FJ 7, y 1 14/2019, FJ 3.” (https://drive.google.com/file/d/1lDIW09fqSa4ow1B4P2VasznFh97LdkQO/view

En segundo lugar, fundamentaba su petición en la jurisprudencia del TS, concretamente en las sentencias 1668/2015 y 1670/2015  que, para modelos lingüísticos de conjunción lingüística, como son los de Baleares y Cataluña, establece “'la presencia mínima del castellano como lengua vehicular (en el curso y clase en los que el alumno sigue sus estudios) en un veinticinco por ciento de las horas efectivamente lectivas, porcentaje en el que habrán de comprenderse no solo la asignatura lingüística correspondiente a su aprendizaje, sino cuanto menos otra área, materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análoga” (https://drive.google.com/file/d/1Ookog8ObICETd7F6aKCzay2EUvY2SdG1/view?usp=sharing; https://drive.google.com/file/d/1QIWKIlGwD4yL0WdUAqKd9DDihEybA920/view?usp=sharing)

En tercer lugar, recordaba en su solicitud que la Consejería de Educación había recibido directamente  del Defensor del Pueblo un escrito, con número de expediente 20015519, con fecha 16 de diciembre de 2020,  en el que se le informaba al entonces consejero Martí March, de que la jurisprudencia del TS era firme (https://drive.google.com/file/d/1HyUTuM3pGgp0QtZw-_9vGhg__-_9pmmJ/view?usp=sharing).

“Pues bien, a pesar de tan contundentes bases argumentativas, la actual Consejería de Educación prefiere, igual que su antecesor en la época del Pacto, desoír al TC y al TS, negar el derecho a la familia y forzarla a gastar dinero y tiempo para contratar abogado y procurador y acudir al Tribunal Superior de Justicia de Baleares; así es la lucha desigual del ciudadano que, con escasos recursos, tiene que pleitear contra una administración que, con el dinero de todos los contribuyentes, posee ingentes recursos económicos y personales” 

La asociación de profesores PLIS se muestra decepcionada con el actual gobierno PP y se muestra convencida de que la estrategia del PP es simplemente blindar la inmersión lingüística en catalán, ofreciendo como falso señuelo un plan piloto de elección de lengua, a elección de cada centro, y destinado al seguro fracaso. “A la primera de cambio, rechaza una petición del 25%”.